domingo, 6 de octubre de 2013

Apuntes 23/09/13

1. LAS LICENCIAS CREATIVE COMMONS

Son varias licencias de copyright (derechos de autor) publicadas el 16 de diciembre de 2002 por la corporación Creative Commons, la cual no tiene fines lucrativos y fue fundada por Estados Unidos en 2001. Estas licencias son a gran escala pues, en 2011 había más de 100 afiliados trabajando en más de 70 jurisdicciones para apoyar y promover las actividades de esta corporación alrededor del mundo.

Las licencias Creative Commons no reemplazan a los derechos de autor, sino que se apoyan en éstos para permitir modificar los términos y condiciones de la licencia de su obra de la forma que mejor satisfaga sus necesidades. 

Estas licencias, ofrecen al autor de una obra, una forma simple y estandarizada de otorgar permiso al público en general de compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección.

No tenemos que olvidar que este  tipo de licencias tienen copyright pero ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones. Estas condiciones vendrán marcadas por los siguientes símbolos:


Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.


No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.

Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.


Todas exigen la condición de Atribución. La condición de Compartir Igual y la de No Derivadas son incompatibles entre sí dentro de una misma licencia, y es posible no incluir ni una ni otra. Igualmente la condición de No Comercial es opcional.

¿QUÉ TIPOS EXISTEN?

A través de la combinación de estas condiciones podemos generar las seis combinaciones que producen estas licencias. Por tanto siempre lo veremos identificado con el símbolo de la licencia Creative Commons  junto con los símbolos correspondientes a las condiciones que el autor quiere marcar. Las combinaciones son las siguientes:


Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra.


Reconocimiento – NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial.

Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas.

Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas.

Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.



¿QUIÉN Y CÓMO SE USA?

Cualquier persona que publique algo en la red puede hacer uso de una licencia. En primer lugar, debe escoger el tipo según el grado de explotación de la obra que quiera permitir. Seguidamente, se incluye el botón Creative Commons “Algunos derechos reservados” en el sitio donde va a publicar la obra que enlaza con las condiciones legales de la licencia.


2. DIFERENCIAS ENTRE BLOG, PÁGINA WEB Y WIKI

  • Blog: es un documento alojado en la web, en este caso es un espacio personal en el que aparecen cronológicamente las publicaciones realizadas por el autor. Éstas pueden ser comentadas por cualquier persona permitida.
  • Página Web: es un documento ubicado en la web que solo puede ser editado y comentado por el autor del mismo, por tanto es un espacio personal en el que la información no puede ser discutida por sus visitantes.
  • Wiki: Una wiki es un documento situado en la web que puede ser editado online por cualquier persona que tenga autorización (los diferentes participantes del mismo).

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